![](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgokJeG4UNWWh4ZjodQ9K-R53ac6uuK3-tvBmZbVt4kK8qzHzPPK1JGV3em3dDaxQqp9sme2vSWsbvOFXRi7HibFnGTgh_nFabcxWw5ZGP3kV-yShII5A2nFGQ5pcqsp2lQ36KE5zvmaj4/s200/Blanes+Jura+de+la+Constitucin+1830.gif)
El 22 de noviembre de 1828, integrada con 28 miembros, la Asamblea General Constituyente y Legislativa del Estado se instaló en la villa de San José.
El 18 de julio de 1830 se juró nuestra primera Constitución. A partir de ese momento la Provincia Oriental se organizó como Estado soberano e independiente.
En aquella Constitución se define al Estado como la asociación política de todos los ciudadanos comprendidos en su territorio, se afirma en la ley la independencia de todo poder extranjero y los derechos de los habitantes a ser protegidos en el goce de su vida, honor, libertad, seguridad, trabajo y propiedad. La Constitución establecía un régimen unitario y la República estaba dividida en nueve departamentos.
En el Portal Ceibal encontrarás un contenido para trabajar este tema.
No hay comentarios:
Publicar un comentario